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unidad:DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
 
proceso:TRABAJO PERMANENTE
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 R-DCA-244-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del veinticuatro de mayo de dos mil seis.--------------- Fe de erratas de la resolución R-DCA-237-2006 de las nueve horas del veintitrés de mayo de dos mil seis, con motivo de las diligencias de aclaración y adición interpuestas por Disexport Internacional S. A. en contra de la Resolución R-DCA-224-2006 de las trece horas con treinta minutos del quince de mayo de dos mil seis, que rechazó por extemporáneo el recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública ONS-01-06, promovida por la Oficina Nacional de Semillas para la compra de ocho vehículos todo terreno.------------------------------------------------ RESULTANDO: Único.- Que mediante resolución N° R-DCA-237-2006 de las nueve horas del veintitrés de mayo de dos mil seis, este Despacho resolvió una solicitud de aclaración y adición interpuesta por Disexport Internacional S. A. en relación con la Resolución N° R-DCA-224-2006 de las trece horas con treinta minutos del quince de mayo de dos mil seis.------------------------------------ CONSIDERANDO: Único.- Con fundamento en lo previsto por el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se podrá rectificar los errores materiales en cualquier tiempo. En razón de que este Despacho advierte un error en el número consignado a la resolución N° R-DCA-237-2006 antes referida siendo lo correcto R-DCA-243-2006 de las diez horas con treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil seis, se hace necesario proceder a corregir ese error material.- POR TANTO: Se resuelve: Con fundamento en el artículo 157, de la Ley General de la Administración Pública y de conformidad con la presente fe de erratas, téngase por corregida la Resolución R-DCA-237-2006 de las nueve horas del veintitrés de mayo de dos mil seis para que en su lugar se entienda que el número correcto de esa resolución es R-DCA-243-2006 de las diez horas con treinta ...
Fecha publicación: 28/05/2006
Fecha emisión: 25/05/2006
Institución: OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


1 2 R-DCA-243-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas con treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil seis.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Solicitud de adición y aclaración de la resolución de la División de Contratación Administrativa R-DCA-224-2006 de las trece horas con treinta minutos del quince de mayo de dos mil seis, que rechazó por extemporáneo el recurso de objeción al cartel interpuesto por Disexport Internacional S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública ONS-01-06, promovida por la Oficina Nacional de Semillas para la compra de ocho vehículos todo terreno.---------------------- RESULTANDO: I.-La gestión que se conoce fue interpuesta en tiempo (ver razón de recibido de este Despacho).- II.-La gestionante solicita que se adicione y aclare la resolución, en razón de que la confusión en la fecha de presentación de su recurso de objeción obedeció a un error al haberse indicado en el cartel de la licitación como fecha de apertura el 23 de mayo y no la fecha publicada en La Gaceta (véase escrito incorporado al expediente de objeción).------------------------------------------ CONSIDERANDO: Sobre el fondo de la gestión: En primera instancia, es menester acotar que la adición y aclaración no es una segunda posibilidad para que las partes vuelvan sobre sus pretensiones ya ventiladas y dilucidadas en la parte considerativa de la resolución del recurso. (ver Resolución R-DAGJ-160-99 de las 13:00 horas del 15 de diciembre de 1999). Ahora bien, de conformidad con el principio de publicidad, en licitaciones públicas sobre todo, es imperativo publicar la invitación al concurso en La Gaceta (artículo 8 y 46 del Reglamento General de Contratación Administrativa), requisito indispensable para divulgar el concurso y para iniciar el cómputo respectivo para efectos de interpone el recurso de objeción ant ...
Fecha publicación: 27/05/2006
Fecha emisión: 24/05/2006
Institución: OFICINA NACIONAL DE SEMILLAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 2 R-DCA-184-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del veintiocho de abril de dos mil seis.--------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Coopesalud R.L., en contra del cartel de la licitación pública 106007, promovida por el Instituto Nacional de Seguros para contratación de servicios de laboratorio clínico en el área metropolitana.------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Coopesalud, R.L. interpuso su recurso de objeción mediante su escrito presentado ante esta Contraloría General el 27 de abril de 2006.------------------------------------------ II. POR CUANTO: De la admisibilidad de este recurso de objeción. El aviso de invitación a participar en el presente concurso fue publicado en La Gaceta La Gaceta 76 del 20 de abril de 2006, fijando como plazo para recibir ofertas hasta el 12 de mayo de 2006. (Véase La Gaceta 76 de 20 de abril de 2006). De conformidad con lo que dispone el artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa, el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa, el día de publicación del aviso, pero sí el del vencimiento. Con fundamento en lo anterior, en el presente caso, el primer tercio del plazo para objetar era de cuatro días hábiles, que vencieron el 26 de abril de 2006 y el recurso de objeción se presentó ante esta División a las quince horas con ocho minutos del veintisiete de abril del dos mil seis, es decir, un día después de su vencimiento, motivo por el que deviene extemporáneo; y procede su rechazo de plano. Asimismo, se le informa a la objetante, que las fracciones de plazo no se toman en cuentan ni se redondean (ver resoluciones 219-96 de las 8:00 horas del 25 de setiembre de 1996 y 239-96 de las 8:30 horas ...
Fecha publicación: 05/05/2006
Fecha emisión: 02/05/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 2 R-DCA-170-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa Asesoría. San José, a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil seis.------- Diligencias de aclaración y adición presentadas por Transmena de Cartago S.A. con respecto de nuestra resolución R-DCA-150-2006 de las 11:00 horas del 6 de abril de 2006-------------------------- RESULTANDO I. La empresa Transmena de Cartago S.A. presentó gestiones de adición y aclaración de la resolución R-DCA-150-2006, a las 08:16 horas del 21 de abril de 2006, mediante la cual se rechazó de plano por falta de fundamentación el recurso de apelación interpuesto por esa empresa en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 01-2006, promovida por la Municipalidad de Oreamuno, para el servicio de colocación de capa de cobertura y compactación de desechos sólidos en el relleno sanitario de la Municipalidad de Oreamuno, acto recaído a favor de Tecno Consultora y Constructora Elma S.A., por un monto de ¢23.751.200,00.------------------------------ II. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.------------------- CONSIDERANDO UNICO: Sobre la admisibilidad de las diligencias de adición y aclaración: El artículo 101 del Reglamento General de la Contratación Administrativa establece que, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la resolución las partes podrán solicitar las aclaraciones o adiciones que consideren pertinentes para la correcta comprensión de lo dispuesto por esta Contraloría General en las resoluciones que resuelven los recursos de apelación contra los actos de adjudicación. Con fundamento en lo anterior, en el presente caso, a Transmena de Cartago S.A. se le notificó la R-DCA-150-2006 el 7 de abril de 2006 (ver folios H4 y H5 del Expediente de Apelación), por lo que el plazo para pr ...
Fecha publicación: 30/04/2006
Fecha emisión: 27/04/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ______________________________________________________________________ Al contestar refiérase Al oficio No. 05117 19 de abril de 2006 DCA-945 Señor Luis Polinaris Vargas Gerente General Junta de Protección Social de San José Estimado señor: Asunto: Se atiende solicitud de reconsideración del oficio No. 2474 de 3 de marzo de 2006. Nos referimos a su solicitud de reconsideración del oficio No. 2474 de 3 de marzo del año en curso. Sobre el particular, habiendo sido usted recibido en audiencia en días anteriores, debemos manifestar lo siguiente: En su oficio No. G-192-2006 de 23 de enero de 2006, expuso que con fundamento en la cláusula segunda del Contrato para Suministro de Boletos de Lotería Instantánea, suscrito por la Junta y la empresa Oberthur Gaming Technologies, “y aprovechando la clasificación que obtuvo nuestra selección nacional de futbol, al próximo campeonato mundial a celebrarse en Alemania, ha pensado en diseñar un juego especial que resulte más atractivo para los consumidores”, para lo cual planteó como “solicitud principal” que esta División le autorizara “para proceder a realizar la compra al adjudicatario de un juego de boletos que cumpla con los términos planteados en este oficio”, es decir, un juego que en su criterio se ajusta a los términos de la ya mencionada cláusula segunda. En ninguna norma del ordenamiento jurídico vigente se contempla competencia alguna de este órgano contralor para autorizar la aplicación de una cláusula contractual. Lo que existe en la actualidad es el refrendo de los contratos administrativos, que es un acto de aprobación de las obligaciones contraídas por la Administración Pública en un documento contractual, acto que permite la eficacia del contrato. Luego, la ejecución del contrato refrendado es competencia exclusiva de la Administración contratante, la que no requiere en modo alguno que la Contraloría General le autorice, con posterioridad a ...
Fecha publicación: 22/04/2006
Fecha emisión: 19/04/2006
Documento: 05117-2006.doc
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


1 2 R-DCA-137-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas con treinta minutos del tres de abril de dos mil seis.----- Solicitud de adición de la resolución de resolución R-DCA-091-2006 de las trece horas con treinta del dieciséis de marzo de dos mil seis, que resolvió los recursos de objeción al cartel interpuestos por ANC Car Rental S. A. y Disexport Internacional S. A. en contra del cartel de la Licitación Pública 1826-2006 promovida por el Banco Nacional de Costa Rica para el alquiler sin opción de compra de cincuenta y cuatro vehículos para uso de diferentes dependencias de ese Banco.----------- RESULTANDO I.-La gestión que se conoce fue interpuesta en tiempo (ver razón de recibido de este Despacho).----- II.-Disexport Internacional S. A. solicita adición y aclaración de la resolución de referencia respecto de si para el punto 9° resulta aplicable lo resuelto en la parte final del punto 8° de la misma resolución.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO Sobre el fondo de la gestión: Este Despacho fue claro en señalar que, para efectos de aplicar multas al contratista, debe atenuarse la sanción “en aquellos casos en que el daño del vehículo haya sido producido por accidente o bien por negligencia o falta de pericia del personal del Banco”. De conformidad con lo anterior, no vemos inconveniente para que así se entienda cuando el incumplimiento sea imputable a la Administración y no por el contratista. No obstante, el cartel del presente concurso establece claramente que los puntos correspondientes a las cartas de referencia previstas en el punto 2 del sistema de evaluación, no se otorgarán al oferente que “se le haya aplicado multas o sanciones”, lo cual deja ver que si ya han existido penalidades es porque el contratista no logró justificar, en el momento oportuno, el incumplimiento que se le endilgó por lo ...
Fecha publicación: 06/04/2006
Fecha emisión: 03/04/2006
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


R-DCA-118-2006 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas del veinticuatro de marzo de dos mil seis. ---------------- Recurso de revocatoria con apelación en subsidio y nulidad concomitante interpuesto por la empresa Grupo Asesor Administrativo Génesis S.A., en contra de la resolución R-DCA-077-2006 dictada por esta División a las 12:30 horas del 10 de marzo de 2006, mediante la cual se rechazaron por extemporáneas las diligencias de adición y aclaración interpuestas por la supracitada empresa en contra de la R-DCA-045-2006 de las 8 horas del 24 de febrero de 2006. ---- RESULTANDO I.-Grupo Asesor Administrativo Génesis S.A. interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio y nulidad concomitante, en contra de la resolución R-DCA-077-2006, por cuanto estiman que el plazo para recurrir de tres días hábiles no empezó a correr con la notificación del 27 de febrero, sino que tal notificación vía fax empezó a correr al día siguiente, sea el 28 de febrero, por lo que ese plazo de los tres días hábiles se cumplía exactamente el 3 de marzo, fecha en que se presentaron las diligencias de adición y aclaración.----------------------------------------------------------- CONSIDERANDO UNICO: El recurso que se interpone es inexistente razón por la cual procede su rechazo de plano. No obstante, en abono a lo ya resuelto tenemos que la notificación de la R-DCA-077-2006 fue practicada a la gestionante en el fax señalado 524-0563, a las 12:03 horas del 27 de febrero de 2006 (ver folios H15 y H16 del Expediente de Apelación), de modo que, siguiendo la regla que ella misma indica en su escrito, los tres días hábiles vencieron el día 2 y no el 3 de marzo de 2006, si tomamos en cuenta que el 28 febrero fue el primer día hábil; 1º de marzo, el segundo y el 2 de marzo, el tercero.-------------------------------------------------------------------------------------------------- POR TANTO De conformidad con lo e ...
Fecha publicación: 30/03/2006
Fecha emisión: 27/03/2006
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 4 R-DCA-111-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las quince horas del veintidós de marzo de dos mil seis.------------------ Diligencias de adición y aclaración de la Resolución R-DCA-081-2006 de las once horas del trece de marzo de dos mil seis.------------------------------------------------------------------------------------------ RESULTANDO I.-Esta Contraloría General dictó su resolución R-DCA-081-2006, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso de objeción interpuesto por la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Integrales de Salud, R.L. (COOPESALUD), en contra del acto de adjudicación de la licitación pública 106007, promovida por el Instituto Nacional de Seguros para la contratación servicios de laboratorio clínico en el Area Metropolitana.--------------------------------------------------- II.-Coopesalud interpuso gestión de adición y aclaración, donde solicitan que se adicione o aclare, lo siguiente: "… ADICION/ 1.- Para que nos indique el fundamento legal por el cual se remite el Colegio para la determinación de precios a los cuales debe licitar un Laboratorio empresa, que como tal no está afiliado al Colegio (...) ACLARACION (...) Solo puede lograrse con la invitación a licitar y libertad de los laboratorios a ofrecer al mejor precio, ya que son ellos las que en definitiva son los únicos que conocen el "precio competitivo producto de una eficiente gestión de su empresa..." y no el Colegio ni cualquier otro ente externo, y de ahí la duda que nos surge cuando su resolución indica que:/ "... de conformidad con lo indicado, a fin de que eleve consulta interlocutoriamente al Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, a fin de que se expidan sobre el punto tratado en este apartado y expidan sobre el punto tratado en este apartado y en esta resolución sobre la aplicación de tarifas al Instituto y a instituciones del sector público, que contratan servicios de laboratorio clí ...
Fecha publicación: 26/03/2006
Fecha emisión: 23/03/2006
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 2 R-DCA-095-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. A las ocho horas con treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil seis.------- Diligencias de adición y aclaración de la Resolución de este Despacho No. R-DCA-070-2006, de las nueve horas con treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis, incoadas por el señor Carlos Ruiz Herrera, como representante legal de C.R. Conectividad S.A.------------------------------ RESULTANDO I.-Que esta Contraloría General dictó su resolución R-DCA-070-2006 de las nueve horas con treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis, mediante la cual declaró Sin Lugar los recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 03-2005,línea I, promovida por el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), para la compra de hand held.------------------------------ II- Que en tiempo y forma el señor Carlos Ruiz Herrera, como representante legal de C.R. Conectividad S.A., mediante escrito presentado ante este Despacho el pasado 16 de marzo, interpuso formal gestión de adición y aclaración, por estimar que en la Resolución R-DCA-070-2006 en la parte de III) Sobre Fondo del Recurso, no es clara. Apunta el recurrente en su gestión, lo que sigue: “ Si el cartel expresamente indica dos tiempos de entrega: Un tiempo de entrega máximo de cuarenta y cinco días para la entrega de los equipos y un tiempo máximo de entrega de la programación (independientemente si son hábiles o naturales, ya que el consorcio adjudicado según resolución de la contraloría, estuvo en desventaja al no recibir comunicación), solicitamos respetuosamente se nos aclare cómo se llega a la conclusión de que dicho consorcio cumplió con el tiempo de entrega máximo permitido para la entrega de la programación, si expresamente manifiesta, que en quince días adicionales a los treinta días ofrecidos para la entrega de los equipos va a entregar los programas. Lo que son cuarenta y cinco y no trein ...
Fecha publicación: 24/03/2006
Fecha emisión: 21/03/2006
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRABAJO PERMANENTE


PAGE 2 R-DCA-077-2006 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa Asesoría. San José, a las doce horas con treinta minutos del diez de marzo de dos mil seis.----------- Diligencias de aclaración y adición presentadas por la empresa Grupo Asesor Administrativo Génesis S.A., respecto de la Resolución R-DCA-045-2006 de las 8:00 horas del 24 de febrero de 2006, mediante la cual -entre otras cosas- se rechazó de plano por falta de fundamentación el recurso de apelación interpuesto por esa empresa en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro 2005-047, promovida por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para la contratación del servicio de limpieza de la sede central, acto recaído a favor de las empresas Servicios Nítidos Profesionales S.A. (posición 1), Mantenimiento Total S.A.L. (posición 2), y Multinegocios Internacionales América S.A. (posición 3), por ¢62.293.800,00 ¢6.391.680,00 y ¢11.709.453,00 respectivamente. ---------------------------------------- RESULTANDO I.-Grupo Asesor Administrativo Génesis S.A. presentó gestiones de adición y aclaración de la resolución R-DCA-045-2006, a las 11.58 horas del 3 de marzo de 2006. (Ver folio E4 del Expediente de Apelación). --------------------------------------------------------------------------------------- II. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.------------------- CONSIDERANDO UNICO: Sobre la admisibilidad de las diligencias de adición y aclaración: El artículo 101 del Reglamento General de la Contratación Administrativa establece que, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la resolución las partes podrán solicitar las aclaraciones o adiciones que consideren pertinentes para la correcta comprensión de los dispuesto por esta Contraloría General en las resoluciones que resuelve ...
Fecha publicación: 13/03/2006
Fecha emisión: 10/03/2006
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRABAJO PERMANENTE